La Audiencia de Sevilla condena a dos años de cárcel a tres varones por asaltar una vivienda de Pruna y agredir a los moradores de la misma, “como venganza por una desavenencia previa”; además, otras cuatro mujeres son condenadas por delitos leves de lesiones sobre estas personas.
En una sentencia emitida el pasado 4 de junio, la Audiencia de Sevilla declara probado, de conformidad entre la Fiscalía, la acusación particular y las defensas de los inculpados, que la madrugada del 26 de julio de 2020, los acusados, todos ellos con antecedentes penales no computables a efecto de reincidencia, irrumpieron con fuerza en una vivienda en Pruna “como venganza por una desavenencia previa” con los moradores del inmueble.
Para ello, según la sentencia, golpearon el marco de la puerta metálica de la vivienda hasta “descuadrarla”, accediendo así por la fuerza al interior de la casa, donde “en esos momentos dormían” las dos víctimas “en el salón con la hija de ambos y una nieta menor de edad”.
Según el relato de hechos probados, los tres inculpados propinaron a la pareja y a su hija víctimas “múltiples golpes por todo el cuerpo, valiéndose de palos y barras de hierro, empleando especial violencia”; mientras tanto, las acusadas Ángeles, María, Alicia y Dolores “esperaban en la calle” y cuando las dos personas padres de la tercera víctima salieron de la vivienda, les asaltaron y “arrojaron sal a los ojos” de una de las víctimas y golpearon a la otra.
Como consecuencia de esto, una de las víctimas sufrió policontusiones y una herida en el cráneo que necesitó siete grapas de sutura, mientras otra padeció también policontusiones y lesiones como fractura no desplazada en pubis y diversos traumatismos y la tercera diversos traumatismos y contractura cervical, entre otras lesiones.
La sentencia constata que los acusados han depositado diferentes cantidades en materia de responsabilidad civil por los diferentes daños causados en la vivienda y las lesiones, con lo que los tres primeros inculpados son condenados a dos años de cárcel cada uno de ellos por un delito de allanamiento de morada con las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas, así como sendas multas por delitos leves de lesiones; mientras las cuatro inculpadas son condenadas sólo a multas por delitos leves de lesiones; siéndoles además impuestas indemnizaciones a todos ellos en favor de las víctimas.