La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha incoado una actuación de oficio interesándose por los “retrasos” en analizar el ADN de restos exhumados para identificación de las víctimas de la guerra y la dictadura franquista.
En el texto de la queja, consultado por Europa Press y que dirige a la Universidad de Granada y a la Viceconsejería de Turismo, Cultura y Deporte, la Defensoría expone que los procesos de Memoria Democrática “son un componente esencial en la configuración y desarrollo de todas las sociedades humanas, y afectan desde los gestos más cotidianos hasta las grandes políticas de Estado”, por lo que “es responsabilidad de los poderes públicos el desarrollo de políticas que fomenten su vertiente reparadora, inclusiva y plural”.
Tal y como se recoge en la Exposición de Motivos de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática de 19 de octubre, “preservar y mantener la memoria de las víctimas de la guerra y la dictadura franquista, a través del conocimiento de la verdad, constituye un derecho a proteger”, abunda la institución.
Ya en el ámbito andaluz, alude a la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía cuyo artículo 5.1 prevé que “la Administración de la Junta de Andalucía adoptará las medidas y actuaciones necesarias para la localización, exhumación e identificación de todas las víctimas a que se refiere el artículo 4.b)”.
Asimismo, recuerda que al amparo de esta ley se firmó el convenio específico entre la entonces denominada Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, la Consejería de Salud, la Universidad de Granada y el Servicio Andaluz de Salud, para la recuperación e identificación de las víctimas, estableciendo dicho convenio además del objeto de los procesos de identificación, el análisis genético de los restos de las víctimas localizadas.
El protocolo de actuación suscrito establece la entrega y recepción de las muestras, la recogida de muestras biológicas de familiares y entrega para almacenamiento y custodia de las mismas, y el procedimiento analítico de las muestras de familiares y de los restos de las víctimas. Este procedimiento analítico será realizado por la Universidad de Granada “en el tiempo máximo de cuatro meses a partir de la fecha de entrega de las muestras a la Universidad”, precisa.
“CADUCIDAD” DEL CONVENIO
Señala, igualmente, que el Defensor del Pueblo Andaluz ha tenido conocimiento a través del Diario de Sesiones del Parlamento de Andalucía de la “demora” en la identificación de las víctimas, con el consiguiente riesgo de sus parientes directos de morir sin saber su paradero, y añade que el pasado diciembre supo de la “caducidad” del convenio suscrito y de la incidencia de esta situación en los trabajos de exhumación, solicitando las entidades memorialistas a la Junta de Andalucía la renovación del mismo.
En virtud de todo esto, la institución solicita a los organismos firmantes del convenio que “emitan” informes relacionados con la realización de las pruebas genéticas que requieren los restos exhumados de las víctimas, para su identificación y de los análisis biológicos de los posibles familiares de las mismas.
Por ello, pide a la Consejería conocer las actuaciones de coordinación y supervisión del convenio subscrito; si es conocedor de las demoras denunciadas, y en caso afirmativo las medidas adoptadas para subsanarlas; las cantidades económicas transferidas desde la fecha de suscripción del convenio para contribuir a sufragar parte de los costes totales derivados de las actuaciones objeto del mismo; el presupuesto destinado a esta finalidad en el año 2022 y ejecución del mismo, así como presupuesto consignado para 2023; las actuaciones realizadas para la renovación del mismo y estado de tramitación actual; así como las reuniones y comunicaciones mantenidas al respecto con familiares e instituciones.
Y al departamento de Medicina Legal, Toxicología y Antropología Física de la Facultad de Medicina, pregunta por el número de muestras recibidas y no analizadas así como las fechas de su recepción; los tiempos de respuesta media desde la recepción de las muestras, análisis de las mismas y comunicación de los resultados; las dificultades para realizar las identificaciones en el tiempo recogido en el convenio de referencia –cuatro meses–; la incidencia de la “supuesta” caducidad en los trabajos de exhumación; presupuesto de la Universidad para acometer sus compromisos y fuentes de financiación; y propuestas de mejora para dar respuesta a los compromisos asumidos.